SISTEMA DE COBRO


ARTICULO 10. COBRO


1.- La tarifa de precios será la sellada por el organismo competente de la diputación general de Aragón, y se expondrá en el tablón de anuncios del centro.

2.- El pago se efectuará por adelantado, dentro de los cinco primeros días de cada mes, por medio de la entidad bancaria estipulada, 0 en el despacho de la dirección del centro.

3.- Si por cualquier motivo el residente causa baja sin previa comunicación, el importe de la cuota del mes en curso no será devuelta.

4.- En caso de fallecimiento del usuario, dentro de los primeros quince días de cada mes, los herederos del mismo, y` dentro de un periodo de 15 dias posteriores al evento, podrán reclamar. el 20% de la cuota pagada. no ocurrirá lo mismo si el deceso se produce en los quince últimos dias de cada mes.

5.- En caso de hospitalización o ausencia del centro sin comunicación previa no se podrá reclamar cantidad alguna, ya que la dirección se compromete a reservar la plaza.