SISTEMA DE ADMISIONES
ARTÍCULO 7. ADMISIÓN
1.-
"Centro Social El Eden, S.L." Tiene como objeto la admisión de personas de tercera edad, tanto válidos, como asistidos, que soliciten nuestros servicios. a excepción de aquellos en que la "no validez" lleve consigo trastorno psiquiátrico que pueda ser motivo de un comportamiento violento o presente un cuadro infeccioso transmisible.
2.- Una vez admitido el usuario, se contempla la posibilidad de que su estado inicial pueda mejorar, pasando de ser asistido a válido o pueda empeorar, pasando de válido a asistido, con lo que la cuota mensual variará según el caso.
3.- El plazo de preaviso para reserva de plaza será de 15 días hábiles anteriores al alta en el centro. y para que tenga eficacia la misma, se tendrá que dar anticipo o señal del 10% de la cuota establecida. dicha señal se perderá, por parte del usuario, si en dicho plazo no cubre la plaza.
4.- Igualmente, para darse de baja voluntariamente se tendrá que preavisar con un plazo de antelación de 15 días hábiles.
5.- si un residente se ausenta por un periodo de 15 días, sin comunicación previa e incluso sin ponerse en contacto con el centro durante ese periodo; la dirección podrá considerar que ha causado baja voluntaria, ello conllevaría a que la dirección podría poner dicha plaza a disposición de cualquier otro usuario y que el causante de tal baja perdería su derecho a reclamar la parte proporcional de la cuota pagada y no disfrutada.
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